ley-24481-patentes-ar

Artículo 54.

Texto Legal

— El certificado de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de DIEZ (10) años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y estará sujeto al pago de los aranceles que establezca el decreto reglamentario.

Preguntas Frecuentes

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