Faculta a los órganos jurisdiccionales de amparo para dictar medidas de apremio para hacer cumplir sus determinaciones.
Los órganos jurisdiccionales de amparo podrán emplear las siguientes medidas de apremio para hacer cumplir sus determinaciones:
I. Multa que podrá ser de cien a mil días de salario;
II. Auxilio de la fuerza pública; y
III. Arresto hasta por treinta y seis horas.
Las medidas de apremio se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera resultar.
Si la persona que deba cumplir la determinación fuere un servidor público, la medida de apremio será impuesta directamente, sin perjuicio de que se dé vista a su superior jerárquico.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las disposiciones finales sobre los recursos establecen reglas de aplicacion supletoria y transitoriedad. SDV Asesores mantiene actualizado su conocimiento sobre la evolucion de los criterios jurisprudenciales relativos a la procedencia y tramitacion de los recursos, lo que permite adaptar la estrategia recursiva a los cambios en la interpretacion judicial.
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