LA

Artículo 136. Suspensión contra actos de deportación o expulsión

Establece las reglas de suspensión cuando se reclaman actos de deportación, expulsión o extradición del quejoso.

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Texto Legal

Artículo 136 — Suspensión contra Deportación o Expulsión

Cuando se reclame la deportación, expulsión o extradición del quejoso, la suspensión tendrá por efecto impedir que ésta se ejecute mientras se resuelve el juicio de amparo.

La suspensión se decretará de oficio y surtirá efectos desde que se dicte el auto correspondiente.

El quejoso quedará a disposición del órgano jurisdiccional de amparo y de la autoridad que deba juzgarlo, si la hubiere.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La modificacion de la suspension permite ajustar sus efectos a nuevas circunstancias sin revocarla completamente. SDV Asesores solicita modificaciones cuando el alcance original de la suspension resulta insuficiente para proteger al contribuyente, o cuando las circunstancias del caso requieren ampliar o precisar los efectos de la medida cautelar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 136 del LA?

Establece las reglas de suspensión cuando se reclaman actos de deportación, expulsión o extradición del quejoso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 136 de la Ley de Amparo?

La modificacion de la suspension permite ajustar sus efectos a nuevas circunstancias sin revocarla completamente. SDV Asesores solicita modificaciones cuando el alcance original de la suspension resulta insuficiente para proteger al contribuyente, o cuando las circunstancias del caso requieren ampliar o precisar los efectos de la medida cautelar.

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