LA

Artículo 88. Plazo para interponer el recurso de queja

Establece los plazos para la interposición del recurso de queja según el tipo de resolución impugnada.

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Texto Legal

Artículo 88 — Plazo para el Recurso de Queja

El recurso de queja deberá interponerse:

I. En los casos de las fracciones I y II del artículo anterior, dentro de los dos días siguientes a la notificación de la resolución recurrida;

II. En los casos de las fracciones III y IV, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la resolución;

III. En los demás casos, dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el quejoso tenga conocimiento del acto impugnado.

El recurso de queja se interpondrá por escrito ante el órgano jurisdiccional que deba resolver.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El tramite de la revision adhesiva debe interponerse dentro del plazo legal y cumplir con los requisitos formales establecidos. SDV Asesores la prepara de manera simultanea a la estrategia defensiva contra los agravios del recurrente, anticipando los argumentos que la autoridad fiscal pueda plantear para revocar la sentencia favorable al contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 88 del LA?

Establece los plazos para la interposición del recurso de queja según el tipo de resolución impugnada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 88 de la Ley de Amparo?

El tramite de la revision adhesiva debe interponerse dentro del plazo legal y cumplir con los requisitos formales establecidos. SDV Asesores la prepara de manera simultanea a la estrategia defensiva contra los agravios del recurrente, anticipando los argumentos que la autoridad fiscal pueda plantear para revocar la sentencia favorable al contribuyente.

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