LC

Artículo 664. Artículo 664

Texto Legal

Una vez homologado un plan de reestructuración, no podrá solicitarse otra solicitud de homologación respecto del mismo deudor hasta que transcurra un año a contar desde la fecha de solicitud de la homologación del plan anterior.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 664 del LC?

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