LAREFAGN

Artículo 37. Acreditacion del grado militar

Grado se acredita con patente expedida a Generales y Oficiales, o con nombramiento expedido a Clases.

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Texto Legal

El grado que ostenten los militares será acreditado con la patente que se expida a los Generales, Jefes y Oficiales o con el nombramiento que se expida a las Clases.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Documento esencial para ejercicio de grado. Patentes y nombramientos son prueba oficial de rango. Verificar que documento este firmado correctamente segun articulo 39.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LAREFAGN?

Grado se acredita con patente expedida a Generales y Oficiales, o con nombramiento expedido a Clases.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fue...?

Documento esencial para ejercicio de grado. Patentes y nombramientos son prueba oficial de rango. Verificar que documento este firmado correctamente segun articulo 39.

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