Las delegaciones ejercen las funciones de la Camara dentro de su circunscripcion. Representan a la Camara ante comerciantes, industriales e instancias de gobierno, cumpliendo acuerdos del Consejo Directivo y Estatutos.
Las delegaciones tendrán las funciones señaladas para las Cámaras por esta Ley, exclusivamente dentro de su circunscripción y en cumplimiento a los acuerdos del Consejo Directivo y de los Estatutos de la Cámara. Asimismo, representarán y promoverán a la Cámara a la cual pertenezcan ante los Comerciantes e Industriales según corresponda, así como frente a las instancias de Gobierno y la sociedad.
Las Cámaras podrán delegar en ellas las funciones, facultades, responsabilidades y obligaciones que determinen sus Estatutos.
TÍTULO TERCERO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las delegaciones actuan como extension de la Camara matriz en lo regional. Es importante que los Estatutos deleguen claramente funciones contables y administrativas para evitar conflictos de autoridad.
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