LCEC_120419

Artículo 40. Multas a comerciantes por incumplimiento SIEM

Multa de doscientos a seiscientos salarios minimos a comerciantes que incumplan registro obligatorio en SIEM o no reporten cambios de actividad, giro o domicilio. Reincidencia permite doble sancion.

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Texto Legal

La Secretaría sancionará con multa de doscientos a seiscientos salarios mínimos, según la capacidad económica del infractor, a aquellos Comerciantes o Industriales que incurran en las conductas siguientes:

I. No cumplan con su obligación de registrarse oportunamente en el SIEM, no registren a todos sus establecimientos, o proporcionen información incorrecta o incompleta en su registro, o

LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 12-04-2019 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. No cumplan con su obligación de informar a la Cámara correspondiente para efectos de su registro en el SIEM, cuando cesen parcial o totalmente en sus actividades, o cambie su giro o su domicilio.

En caso de reincidencia, se podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las Camaras deben implementar mecanismos de cobranza de multas y reportar a la Secretaria. El incumplimiento reiterado de afiliados puede traducirse en sanciones a la Camara por falta de supervision. Se recomienda alertas automaticas para vencimientos de registros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del LCEC_120419?

Multa de doscientos a seiscientos salarios minimos a comerciantes que incumplan registro obligatorio en SIEM o no reporten cambios de actividad, giro o domicilio. Reincidencia permite doble sancion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la LEY de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones?

Las Camaras deben implementar mecanismos de cobranza de multas y reportar a la Secretaria. El incumplimiento reiterado de afiliados puede traducirse en sanciones a la Camara por falta de supervision. Se recomienda alertas automaticas para vencimientos de registros.

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