LDEFAGN

Artículo 2. Buen comportamiento del militar

El militar debe mantener buen comportamiento para que la poblacion deposite confianza en las instituciones militares como guardianes de sus derechos y libertades.

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Texto Legal

El militar debe observar buen comportamiento, para que el pueblo deposite su confianza en el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional y los considere como la salvaguarda de sus derechos. Artículo reformado DOF 11-12-1995, 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo que vincula disciplina con legitimidad institucional. Util para procesos disciplinarios que argumenten deterioro de imagen o confianza publica. Proporciona base para sancionar conductas que afecten credibilidad militar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LDEFAGN?

El militar debe mantener buen comportamiento para que la poblacion deposite confianza en las instituciones militares como guardianes de sus derechos y libertades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Disciplina del Ejército, Fuerza Aérea y ...?

Articulo que vincula disciplina con legitimidad institucional. Util para procesos disciplinarios que argumenten deterioro de imagen o confianza publica. Proporciona base para sancionar conductas que afecten credibilidad militar.

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