La convocatoria para la subasta debe publicarse en un periódico nacional e incluir detalles sobre los bienes, requisitos de elegibilidad y valor mínimo de referencia.
Deberá publicarse, al menos en un periódico de amplia circulación nacional, la convocatoria para la subasta o licitación, la cual deberá contener, cuando menos, lo siguiente:
I. Una relación y la descripción general de los bienes que se pretende enajenar;
II. Requisitos de elegibilidad que deberán reunir los interesados en participar en el proceso de subasta o licitación correspondiente;
III. En su caso, el valor mínimo de referencia de los bienes;
IV. La forma y lugar en donde se podrán obtener las bases del proceso de que se trate y en su caso, el costo de las mismas, y
V. Los demás requisitos que determine el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Artículo adicionado DOF 10-01-2014
LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La claridad en la convocatoria es fundamental para atraer a los postores adecuados. Los contadores deben revisar que toda la información esté completa y correcta.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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