LIC

Artículo 275. Evaluacion periodica de banca multiple

La SHCP evaluara periodicamente el desempeno de instituciones de banca multiple en el contexto de la rectoria estatal del sistema bancario mexicano conforme a la Constitucion y articulo 4 de esta Ley.

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Texto Legal

En relación con la rectoría que debe ejercer el Estado respecto del Sistema Bancario Mexicano de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo establecido en el artículo 4o de esta Ley y demás disposiciones aplicables, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público evaluará periódicamente el desempeño de las instituciones de banca múltiple. Artículo adicionado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Base legal para evaluaciones de desempeno que pueden impactar autorizaciones y operaciones de bancos. Las instituciones deben mantener sistemas documentales robustos para demostrar cumplimiento de objetivos sociales del sistema bancario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 275 del LIC?

La SHCP evaluara periodicamente el desempeno de instituciones de banca multiple en el contexto de la rectoria estatal del sistema bancario mexicano conforme a la Constitucion y articulo 4 de esta Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 275 de la LEY de Instituciones de Crédito?

Base legal para evaluaciones de desempeno que pueden impactar autorizaciones y operaciones de bancos. Las instituciones deben mantener sistemas documentales robustos para demostrar cumplimiento de objetivos sociales del sistema bancario.

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