Las Coordinaciones de Unidad se dividen en diferentes niveles, desde Batallón hasta Escuadra, cada una con un mando específico. Este artículo detalla la jerarquía y las funciones de cada nivel dentro de la Guardia Nacional.
Las Coordinaciones de Unidad serán de Batallón, Compañía, Sección, Pelotón y Escuadra, conforme a las disposiciones siguientes: I. El Batallón estará a cargo de un General Brigadier o Coronel de Guardia Nacional, tendrá bajo su mando a dos o más compañías, contará con una Jefatura de Coordinación Policial y dispondrá de la estructura necesaria para realizar sus funciones. Asimismo, conforme a las instrucciones que reciba de la persona titular de la Coordinación Estatal de la cual dependa, la persona titular del Batallón mantendrá enlace con su homólogo del Ejército, Fuerza Aérea o Armada en su adscripción, a fin de facilitar una adecuada colaboración para el desempeño de las funciones de seguridad pública, en el marco de sus respectivas atribuciones; II. La compañía estará a cargo de un Capitán Primero o Segundo de Guardia Nacional y tendrá bajo su mando a dos o más Secciones. La Compañía, en el cumplimiento de sus funciones de seguridad pública, se desplegará en Secciones, Pelotones y Escuadras; III. La Sección estará a cargo de un Teniente o Subteniente de Guardia Nacional y tendrá bajo su mando a dos o más Pelotones; IV. El Pelotón estará a cargo de un Sargento Segundo de Guardia Nacional y tendrá bajo su mando a dos o más Escuadras, y V. La Escuadra estará a cargo de un Cabo de Guardia Nacional y tendrá bajo su mando a dos o más Soldados de Guardia Nacional. Los organismos constituidos por tropas de la Guardia Nacional, estructurados internamente en dos o más escalones, equipados y adiestrados para cumplir funciones policiales a cargo de la Federación, bajo normas tácticas y técnicas en el cumplimiento de sus atribuciones, reciben el nombre de Coordinaciones de Unidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Comprender la estructura de las Coordinaciones de Unidad es vital para los profesionales del derecho y la contabilidad, ya que afecta la asignación de recursos y la planificación operativa. Es recomendable revisar las normativas que regulan estas estructuras.
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Art. 19. Coordinaciones Estatales
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Art. 21. Coordinaciones Regionales para despliegue
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