LGN

Artículo 28. Escala jerarquica y clasificacion de grados

Define la escala jerarquica como instrumento para ejercicio del mando, clasificada en cuatro niveles: Generales, Jefes, Oficiales y Tropa.

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Texto Legal

La escala jerárquica de la Guardia Nacional tiene por objeto el ejercicio del mando. Los grados de la escala jerárquica de la Guardia Nacional se clasifican en: I. Generales de Guardia Nacional; II. Jefes de Guardia Nacional; III. Oficiales de Guardia Nacional, y IV. Tropa de Guardia Nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La jerarquia es fundamental para determinar autoridad y responsabilidad en cadena de mando. Identificar grado exacto es critico en cualquier investigacion de responsabilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LGN?

Define la escala jerarquica como instrumento para ejercicio del mando, clasificada en cuatro niveles: Generales, Jefes, Oficiales y Tropa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY de la Guardia Nacional?

La jerarquia es fundamental para determinar autoridad y responsabilidad en cadena de mando. Identificar grado exacto es critico en cualquier investigacion de responsabilidad.

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