LGN

Artículo 95. Destruccion informacion intervenciones fallidas

Si autoridad judicial concluye que investigacion carece de elementos para MP, ordena destruccion de informacion. Comandante garantiza reserva bajo responsabilidad penal. Si aparece delito se comunica al MP.

destruccion informacionreservaprivacidadresponsabilidad penal

Texto Legal

En caso de que la autoridad judicial competente que haya autorizado la intervención, concluya que de la investigación no existen elementos para que el caso sea conocido por el Ministerio Público, por no tratarse de conductas delictivas, ordenará que se ponga a su disposición la información resultado de las intervenciones y ordenará su destrucción conforme al procedimiento correspondiente. El Comandante o el titular de la Jefatura General de Coordinación Policial, bajo su estricta responsabilidad, garantizarán la reserva de las intervenciones de comunicaciones privadas que les hayan sido autorizadas y, en caso de incumplimiento, será sancionado penalmente. En caso de que durante la investigación preventiva se advierta la comisión de un delito, se dará vista de inmediato al Ministerio Público.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proporciona proteccion importante de privacidad. Si investigacion no prospera, informacion debe destruirse. Responsabilidad penal del Comandante es severa. Litigantes pueden solicitar certificacion de destruccion de informacion intervenida si caso no resulto en procesal penal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 95 del LGN?

Si autoridad judicial concluye que investigacion carece de elementos para MP, ordena destruccion de informacion. Comandante garantiza reserva bajo responsabilidad penal. Si aparece delito se comunica al MP.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 95 de la LEY de la Guardia Nacional?

Proporciona proteccion importante de privacidad. Si investigacion no prospera, informacion debe destruirse. Responsabilidad penal del Comandante es severa. Litigantes pueden solicitar certificacion de destruccion de informacion intervenida si caso no resulto en procesal penal.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 95 del LGN?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 95 LGN desde tu celular