LMigra

Artículo 108. Convivencia orden disciplina estaciones

Establece que convivencia armonica y seguridad en estaciones migratorias se mantiene conforme disposiciones administrativas de la Secretaria, con respeto a derechos humanos y perspectiva de genero.

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Texto Legal

A fin de lograr una convivencia armónica y preservar la seguridad de las personas extranjeras alojadas en las estaciones migratorias, el orden y la disciplina se mantendrán con apego a las disposiciones administrativas que emita la Secretaría, respetando en todo momento sus derechos humanos con perspectiva de género. Artículo reformado DOF 15-01-2026

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El termino perspectiva de genero es relativamente nuevo en esta ley. Las estaciones deben revisar sus protocolos para asegurar cumplimiento; documentar capacitaciones de personal en perspectiva de genero es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LMigra?

Establece que convivencia armonica y seguridad en estaciones migratorias se mantiene conforme disposiciones administrativas de la Secretaria, con respeto a derechos humanos y perspectiva de genero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la LEY de Migración?

El termino perspectiva de genero es relativamente nuevo en esta ley. Las estaciones deben revisar sus protocolos para asegurar cumplimiento; documentar capacitaciones de personal en perspectiva de genero es recomendable.

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