LMigra

Artículo 53. Restricciones para visitantes

Los visitantes, excepto aquellos por razones humanitarias, no pueden cambiar su condición de estancia y deben salir del país al concluir su periodo autorizado. Esta norma es clave para la regulación de la migración temporal.

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Texto Legal

Los visitantes, con excepción de aquéllos por razones humanitarias y de quienes tengan vínculo con mexicano o con extranjero con residencia regular en México, no podrán cambiar de condición de estancia y tendrán que salir del país al concluir el período de permanencia autorizado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores y abogados deben informar a sus clientes sobre las restricciones que enfrentan los visitantes para evitar complicaciones en su estatus migratorio. Conocer estas limitaciones es esencial para una correcta planificación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LMigra?

Los visitantes, excepto aquellos por razones humanitarias, no pueden cambiar su condición de estancia y deben salir del país al concluir su periodo autorizado. Esta norma es clave para la regulación de la migración temporal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la LEY de Migración?

Los contadores y abogados deben informar a sus clientes sobre las restricciones que enfrentan los visitantes para evitar complicaciones en su estatus migratorio. Conocer estas limitaciones es esencial para una correcta planificación.

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