Define las acciones de control migratorio como la revision de documentacion y transporte de personas que ingresan o salen del pais. El Instituto coordina con la Policia Federal y puede realizar funciones en lugares distintos a los puertos fronterizos a solicitud fundada.
Son acciones de control migratorio, la revisión de documentación de personas que pretendan internarse o salir del país, así como la inspección de los medios de transporte utilizados para tales fines. En dichas acciones, la Policía Federal actuará en auxilio y coordinación con el Instituto.
El Instituto podrá llevar a cabo sus funciones de control migratorio en lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas por mar y aire, a solicitud expresa debidamente fundada y motivada de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para entender las bases del control migratorio. La coordinacion entre Instituto y Policia Federal es operativa; considere que las solicitudes de la Secretaria de Comunicaciones deben estar debidamente fundadas y motivadas para ser procedentes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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