LMigra

Artículo 9. Registro civil y actos del estado civil

Jueces y oficiales del Registro Civil no pueden negar a migrantes, independientemente de situacion migratoria, la autorizacion de actos del estado civil ni expedicion de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y muerte.

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Texto Legal

Los jueces u oficiales del Registro Civil no podrán negar a los migrantes, independientemente de su situación migratoria, la autorización de los actos del estado civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Garantia absoluta de acceso al registro civil. Critico para menores migrantes que requieren actas para acceder a otros derechos. Los oficiales civiles no pueden exigir comprobante migratorio regular. Base para posteriores solicitudes de nacionalizacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LMigra?

Jueces y oficiales del Registro Civil no pueden negar a migrantes, independientemente de situacion migratoria, la autorizacion de actos del estado civil ni expedicion de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y muerte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Migración?

Garantia absoluta de acceso al registro civil. Critico para menores migrantes que requieren actas para acceder a otros derechos. Los oficiales civiles no pueden exigir comprobante migratorio regular. Base para posteriores solicitudes de nacionalizacion.

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