Los Secretarios y Jurados llevan libros de actas con constancia detallada de sesiones incluyendo lugar fecha horas asistentes y narracion de deliberaciones y votaciones. Este registro documenta la legalidad del proceso.
Los secretarios de los Consejos y los Jurados llevarán sus correspondientes libros de actas. En éstas se harán constar lugar, fecha, horas de apertura y clausura de cada sesión y nombres de los asistentes, más la narración clara, ordenada y sucinta del desarrollo del acto, de lo tratado, de las diversas resoluciones propuestas, de los acuerdos tomados y del resultado de las votaciones en su caso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los libros de actas son evidencia fundamental en caso de impugnaciones. Deben ser levantados en tiempo real con precisión y firmados por todos los asistentes. Considere notarizarlos para mayor validez.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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