LPERC

Artículo 33. Publicacion en Diario Oficial

Los acuerdos del Presidente sobre otorgamiento de premios se publican en el Diario Oficial de la Federacion fijando lugar y fecha de entrega. Esta publicacion confiere caracter oficial y vinculante.

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Texto Legal

Los acuerdos del Presidente de la República sobre otorgamiento de premios, se publicarán en el "Diario Oficial" de la Federación. Dichos acuerdos fijarán lugar y fecha para la entrega de premios.

CAPITULO V Condecoración "Miguel Hidalgo"

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicacion en el Diario Oficial es requisito de validez legal. Los beneficiarios deben ser notificados directamente con anticipacion. Esta es la fecha en que nacen derechos y obligaciones formales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LPERC?

Los acuerdos del Presidente sobre otorgamiento de premios se publican en el Diario Oficial de la Federacion fijando lugar y fecha de entrega. Esta publicacion confiere caracter oficial y vinculante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

La publicacion en el Diario Oficial es requisito de validez legal. Los beneficiarios deben ser notificados directamente con anticipacion. Esta es la fecha en que nacen derechos y obligaciones formales.

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