El Consejo de Premiacion puede proponer al Presidente entregas de dinero o especie junto con premios cuya cuantía o naturaleza fija el propio Consejo. Permite complementar reconocimiento con beneficios economicos.
El Consejo de Premiación podrá proponer al Presidente de la República que los premios de que trata este Capítulo, se acompañen de entregas en numerario o en especie, cuya cuantía o naturaleza determine el propio Consejo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion permite flexibility fiscal. Las entregas en especie pueden incluir inmuebles o derechos. Se recomienda establecer límites presupuestarios claros en el reglamento interno.
Anterior
Art. 36. Cuatro grados condecoración Miguel Hidalgo
Siguiente
Art. 38. Otorgamiento sin periodicidad ni limite
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo