LRCDN

Artículo 30. Reglamento normas seguridad instalaciones

El reglamento de la ley establecera bases de seguridad en instalaciones nucleares, incluyendo ingreso y egreso de personal sindicalizado y demas medidas para ejecucion de la ley.

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Texto Legal

El reglamento de esta Ley establecerá las bases de seguridad en las instalaciones nucleares; de ingresos o acceso; egreso o salida de todo su personal incluyendo el sindicalizado; y todas las demás que se requieran para la ejecución de la presente Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo delegativo que remite a reglamento la normativa operativa de seguridad. Operadores deben cumplir reglamentos en vigor; los cambios reglamentarios generan nuevas obligaciones de compliance que deben monitorearse periodicamente en coordinacion con autoridades nucleares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LRCDN?

El reglamento de la ley establecera bases de seguridad en instalaciones nucleares, incluyendo ingreso y egreso de personal sindicalizado y demas medidas para ejecucion de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares?

Articulo delegativo que remite a reglamento la normativa operativa de seguridad. Operadores deben cumplir reglamentos en vigor; los cambios reglamentarios generan nuevas obligaciones de compliance que deben monitorearse periodicamente en coordinacion con autoridades nucleares.

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