LVZMM

Artículo 6 Bis. Coordinación en Hidrocarburos

Se establece la coordinación entre la Secretaría y la Agencia Nacional de Seguridad para regular vertimientos en el sector hidrocarburos. Esto es crucial para la supervisión efectiva.

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Texto Legal

En materia de vertimientos en zonas marinas mexicanas por actividades del sector hidrocarburos, la Secretaría y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, establecerán mecanismos específicos de coordinación para el ejercicio de sus respectivas atribuciones de regulación y supervisión. Artículo adicionado DOF 13-04-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La colaboración entre entidades es clave para asegurar el cumplimiento normativo en el sector hidrocarburos. Las empresas deben estar informadas sobre estos mecanismos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 Bis del LVZMM?

Se establece la coordinación entre la Secretaría y la Agencia Nacional de Seguridad para regular vertimientos en el sector hidrocarburos. Esto es crucial para la supervisión efectiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 Bis de la LEY de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas?

La colaboración entre entidades es clave para asegurar el cumplimiento normativo en el sector hidrocarburos. Las empresas deben estar informadas sobre estos mecanismos.

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