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Artículo 15. Estructura de misiones diplomáticas

Se establece la jerarquía en las misiones diplomáticas y consulares, asegurando que el personal de mayor jerarquía cubra ausencias. Esto es esencial para la continuidad en la representación.

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Texto Legal

En todas las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, inmediatamente después del titular de las mismas habrá un jefe de cancillería y un representante alterno o cónsul adscrito, según corresponda; estos puestos los desempeñará el Miembro del Servicio Exterior de carrera de mayor jerarquía. Las ausencias temporales de los titulares de las Misiones Diplomáticas o Representaciones Consulares, según el caso, serán cubiertas por el jefe de cancillería, representante alterno o por el cónsul adscrito. Artículo reformado DOF 25-01-2002, 19-04-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La continuidad en la representación es vital para mantener la estabilidad en las relaciones internacionales. Asegúrese de que siempre haya un plan de sucesión claro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del 96_190418?

Se establece la jerarquía en las misiones diplomáticas y consulares, asegurando que el personal de mayor jerarquía cubra ausencias. Esto es esencial para la continuidad en la representación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY del Servicio Exterior Mexicano?

La continuidad en la representación es vital para mantener la estabilidad en las relaciones internacionales. Asegúrese de que siempre haya un plan de sucesión claro.

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