El Consejo Nacional está integrado por titulares de diversas secretarías y organismos, quienes participan sin recibir retribución. Esta integración asegura una representación amplia en la toma de decisiones.
Integración El Consejo Nacional estará integrado por las personas titulares de:
I. El Poder Ejecutivo Federal, quien lo presidirá;
II. La Secretaría de Gobernación;
III. La Secretaría, cuya persona titular fungirá como secretaria ejecutiva y podrá suplir a la persona que lo preside en sus ausencias;
IV. La Secretaría de la Defensa Nacional;
V. La Secretaría de Marina;
VI. La Guardia Nacional;
VII. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
VIII. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno;
IX. La Secretaría de Relaciones Exteriores;
X. La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones;
XI. La Fiscalía General de la República;
XII. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y
XIII. El CNI.
Las personas integrantes del Consejo Nacional contarán con voz y voto, y ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni contraprestación alguna por su participación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La composición del Consejo Nacional es fundamental para asegurar que todas las áreas relevantes estén representadas. Esto puede influir en la efectividad de las decisiones tomadas.
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Art. 7. Naturaleza y función del Consejo Nacional
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