La Comisión puede imponer multas y utilizar la fuerza pública para hacer cumplir sus determinaciones. Las multas varían según la falta y pueden ser acumulativas.
Para hacer cumplir sus determinaciones la Comisión podrá emplear, previo apercibimiento, los siguientes medios de apremio: I. Multa de 100 a 20,000 del valor diario de la de Unidad de Medida y Actualización; II. Multa adicional por cada día que no se permita a los verificadores de la Comisión el acceso a sus instalaciones y no se otorguen todas las facilidades para realizar la verificación y/o no se entregue la información o documentación requerida, hasta un plazo máximo de diez días naturales, y III. El auxilio de la fuerza pública. TÍTULO DÉCIMO CUARTO Régimen de Sanciones Capítulo I Disposiciones Generales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben ser conscientes de las consecuencias de no cumplir con las regulaciones. Las multas pueden ser significativas y afectar la viabilidad financiera de la empresa.
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