El articulo 51 establece que la concesión única se otorgará por un plazo de hasta treinta años, con posibilidad de prórroga. Esto proporciona estabilidad a los concesionarios en el sector.
La concesión única se otorgará por la Comisión por un plazo de hasta treinta años y podrá ser prorrogada hasta por plazos iguales, conforme lo dispuesto en este Título.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La duración de la concesión puede ser un factor decisivo para los inversores. Es recomendable evaluar las implicaciones de la prórroga en la planificación a largo plazo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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