Al finalizar la concesión, las bandas de frecuencias y recursos orbitales revertirán a la Nación. El Gobierno tiene derecho preferente para adquirir instalaciones y equipos utilizados.
Al término de la concesión, autorización o constancia de registro se revertirán a la Nación las bandas de frecuencias o los recursos orbitales que hubieren sido afectos a los servicios previstos en la concesión, autorización o constancia de registro. El Gobierno Federal tendrá derecho preferente para adquirir las instalaciones, equipos y demás bienes utilizados directamente en la prestación de los servicios objeto de la concesión, autorización o constancia de registro, previo pago de su valor fijado por el INDAABIN, conforme al procedimiento previsto en el artículo 90 de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben planificar la gestión de sus activos al término de la concesión, ya que la reversión de frecuencias puede afectar la estrategia de negocio a largo plazo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo