Se establecen principios que deben seguir las instituciones públicas en la protección del patrimonio cultural, incluyendo bioculturalidad y libre determinación. Estos principios guían la implementación de la Ley.
En las acciones de protección, salvaguardia y desarrollo a cargo de las instituciones públicas del ámbito federal, así como de las entidades federativas, municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, cuando así corresponda, reconocerán, respetarán y garantizarán los siguientes principios:
I. Bioculturalidad;
II. Comunalidad;
III. Distribución justa y equitativa de beneficios;
IV. Igualdad de género;
V. Igualdad de las culturas y no discriminación;
VI. Libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;
VII. Libre expresión de las ideas y manifestaciones de la cultura e identidad;
VIII. Pluralismo jurídico;
IX. Pluriculturalidad e interculturalidad, y
X. Respeto a la diversidad cultural.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo proporciona un marco ético y operativo para las instituciones. Es esencial que los profesionales conozcan estos principios para asegurar una correcta aplicación de la ley.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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