Los pueblos y comunidades pueden optar por mediacion, queja o denuncia para abordar el uso no consentido de su patrimonio cultural. Estas opciones permiten una gestion flexible de conflictos.
Los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, con base en su libre determinación y autonomía, así como en sus sistemas normativos, podrán optar por la mediación, la queja o la denuncia, cuando identifiquen el uso no consentido de los elementos de su patrimonio cultural.
Capítulo Segundo Procedimientos
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La disponibilidad de diferentes mecanismos de solucion es beneficiosa para los pueblos. Es recomendable que conozcan bien cada opcion y el proceso correspondiente para utilizarlas eficazmente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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