LFRemSP_190521

Artículo 31. Inicio de investigaciones

Este artículo establece que los órganos competentes deben iniciar investigaciones cuando detecten conductas contrarias a la Ley. La acción debe ser inmediata para asegurar el cumplimiento normativo.

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Texto Legal

Cuando los órganos a que se refieren los párrafos primero y segundo del artículo anterior advierten la ejecución de una conducta contraria a esta Ley dan inicio inmediato a la investigación o al procedimiento correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los servidores públicos y sus supervisores estén atentos a las conductas que puedan violar esta Ley, ya que la inacción puede resultar en sanciones. Mantener un protocolo de revisión puede ayudar a prevenir problemas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LFRemSP_190521?

Este artículo establece que los órganos competentes deben iniciar investigaciones cuando detecten conductas contrarias a la Ley. La acción debe ser inmediata para asegurar el cumplimiento normativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de Remuneraciones de los Servidores Públicos?

[IA] Es crucial que los servidores públicos y sus supervisores estén atentos a las conductas que puedan violar esta Ley, ya que la inacción puede resultar en sanciones. Mantener un protocolo de revisión puede ayudar a prevenir problemas.

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