Regula las cuotas por la solicitud, expedicion, mantenimiento y otros tramites relacionados con patentes de invencion, modelos de utilidad y disenos industriales ante el IMPI.
Por los servicios que presta el IMPI en materia de invenciones, se pagaran los derechos conforme a las siguientes cuotas:
| Concepto | Cuota aproximada |
|---|---|
| Solicitud de patente de invencion | $8,500 MXN |
| Solicitud de modelo de utilidad | $4,800 MXN |
| Solicitud de diseno industrial | $3,200 MXN |
| Examen de fondo | $9,500 MXN |
Las patentes requieren el pago de anualidades para mantener su vigencia. El costo se incrementa progresivamente:
- Anos 1-5: Cuota base.
- Anos 6-10: Cuota incrementada al doble.
- Anos 11-15: Cuota incrementada al triple.
- Anos 16-20: Cuota maxima.
La falta de pago de la anualidad correspondiente en tiempo y forma da lugar a la caducidad de la patente. Existe un periodo de gracia de seis meses con recargo.
Una vez concedida la patente, la expedicion del titulo de patente genera un derecho adicional que debe pagarse para obtener el documento oficial.
- Restauracion de derechos: Cuando se pierde un plazo procesal, se puede solicitar la restauracion pagando una cuota adicional.
- Division de solicitud: La division de una solicitud de patente en dos o mas solicitudes independientes genera derechos por cada nueva solicitud.
- Cambio de titular: La inscripcion de la transmision de derechos de patente se paga por separado.
En casos excepcionales de interes publico, el Estado puede otorgar licencias obligatorias sobre patentes, pero el titular conserva el derecho a una remuneracion adecuada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las patentes representan una inversion significativa en derechos a lo largo de su vigencia de 20 anos. Las anualidades crecientes son un mecanismo para desincentivar el mantenimiento de patentes que no se explotan comercialmente. Las empresas con portafolios de patentes deben evaluar periodicamente la conveniencia de mantener cada patente activa versus dejarla caducar para optimizar costos.
Art. 73. Derechos por registro de marcas ante el IMPI
Establece las cuotas que se pagan al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por la solicitud, registro, renovacion y otros tramites relacionados con marcas, avisos comerciales y nombres comerciales.
Art. 78. Derechos por denominaciones de origen e indicaciones geograficas
Establece las cuotas por la declaracion de proteccion de denominaciones de origen, indicaciones geograficas y autorizaciones de uso, relevantes para productos regionales mexicanos como tequila, mezcal y otros.
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Art. 78. Derechos por denominaciones de origen e indicaciones geograficas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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