LFCSQ

Artículo 73. Fundamentación de la resolución

La resolución del recurso debe fundarse en derecho y examinar los agravios presentados. Esto asegura que se tomen en cuenta todos los aspectos del caso.

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Texto Legal

La resolución del recurso se fundará en derecho y examinará todos y cada uno de los agravios hechos valer por el recurrente, teniendo la Secretaría la facultad de invocar hechos notorios; pero cuando uno de los agravios sea suficiente para desvirtuar la validez del acto impugnado bastará con el examen de dicho punto.

No se podrán revocar o modificar los actos administrativos en la parte no impugnada por el recurrente.

La resolución deberá expresar con claridad los actos que se revocan, modifican o confirman.

En contra de la resolución al recurso de reconsideración no procederá medio de impugnación alguno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en la fundamentación de la resolución es crucial para la legitimidad del acto administrativo y para futuras impugnaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del LFCSQ?

La resolución del recurso debe fundarse en derecho y examinar los agravios presentados. Esto asegura que se tomen en cuenta todos los aspectos del caso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY para el Control de Sustancias Químicas Susc...?

[IA] La claridad en la fundamentación de la resolución es crucial para la legitimidad del acto administrativo y para futuras impugnaciones.

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