LFAEBSP

Artículo 48. Plazo para ofertas de compra

El plazo para presentar ofertas no podra exceder diez dias habiles desde la publicacion de la convocatoria. Esto asegura un proceso eficiente.

plazoofertasconvocatoria

Texto Legal

El plazo para la presentación de las ofertas de compra no podrá ser mayor a diez días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria de la licitación, salvo que, por la naturaleza de los Bienes, el Instituto considere conveniente establecer un plazo mayor.

El Instituto retendrá las garantías que se hubieren presentado, de conformidad con las disposiciones establecidas por la Ley de Tesorería de la Federación, hasta que se emita el fallo. A partir de esa fecha, procederá a la devolución de las garantías a cada uno de los interesados, salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el bien, misma que se retendrá como garantía de cumplimiento de la obligación y podrá aplicarse como parte del precio de venta. Artículo reformado DOF 09-08-2019

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los interesados deben estar preparados para presentar sus ofertas dentro del plazo establecido. La organizacion y el cumplimiento de los tiempos son esenciales para el exito.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LFAEBSP?

El plazo para presentar ofertas no podra exceder diez dias habiles desde la publicacion de la convocatoria. Esto asegura un proceso eficiente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la LEY para la Administración y Enajenación de Bie...?

[IA] Los interesados deben estar preparados para presentar sus ofertas dentro del plazo establecido. La organizacion y el cumplimiento de los tiempos son esenciales para el exito.

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