Los trabajadores tendran derecho a un credito a traves del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) de conformidad con las reglas vigentes.
El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) establecera las bases para otorgar creditos a los trabajadores.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| **Que es** | Instituto que otorga creditos a trabajadores |
| **Requisito** | La empresa debe estar afiliada al INFONACOT |
| **Obligacion patronal** | Afiliar el centro de trabajo (Art. 132, fr. XXVI Bis) |
| **Descuento** | Via nomina, conforme al Art. 110 |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El credito INFONACOT es un derecho del trabajador que el patron no puede obstaculizar. Las empresas con mas de 50 trabajadores deben registrarse ante el INFONACOT para que sus empleados puedan acceder a creditos con tasas preferenciales. El patron actua como retenedor de los pagos y debe descontarlos de la nomina conforme a lo pactado con el instituto.
Art. 132. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones principales de los patrones: pagar salarios e indemnizaciones, proporcionar herramientas de trabajo, mantener lugares de trabajo seguros e higienicos, expedir constancias de trabajo, inscribir a trabajadores en IMSS e INFONAVIT, capacitar, entre otras.
Art. 100. Forma y lugar de pago del salario
Establece que el salario debera pagarse directamente al trabajador, en el lugar donde preste sus servicios, en moneda de curso legal o mediante transferencia electronica. El pago por medios electronicos (tarjeta de debito, transferencia) es valido cuando asi lo convengan las partes.
Art. 110. Descuentos permitidos al salario de los trabajadores
Enumera taxativamente los unicos descuentos que el patron puede realizar al salario del trabajador: deudas con el patron (con limites), renta de habitacion, cuotas sindicales, pensiones alimenticias, cuotas INFONAVIT, pagos FONACOT y cajas de ahorro.
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