Las horas de trabajo extraordinario que excedan de nueve a la semana obligaran al patron a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento mas del salario correspondiente, es decir, al triple.
Los trabajadores no estan obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido. La prolongacion del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patron a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento mas del salario que corresponda a las horas de la jornada.
| Horas extras semanales | Pago |
|---|---|
| De 1 a 9 horas | **Doble** (100% mas) - Art. 67 |
| Excedente de 9 horas | **Triple** (200% mas) - Art. 68 |
Trabajador con salario por hora de $50 que trabaja 12 horas extras:
- 9 horas x $100 (doble) = $900
- 3 horas x $150 (triple) = $450
- Total: $1,350
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las horas extras que excedan nueve a la semana se pagan al triple (200% adicional). La estructura es: primeras 9 horas extras semanales al doble, las siguientes al triple. Ademas, el trabajador no esta obligado a laborar mas de 3 horas extras por dia ni mas de 3 veces por semana. Los patrones que excedan estos limites enfrentan el pago al triple mas posibles sanciones de la STPS.
Art. 61. Duracion maxima de la jornada de trabajo
Establece la duracion maxima de las jornadas de trabajo: 8 horas la diurna, 7 horas la nocturna y 7 horas y media la mixta. Estos limites son maximos legales que no pueden excederse por acuerdo entre patron y trabajador.
Art. 66. Limite de horas extraordinarias
Establece que la jornada extraordinaria no podra exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Es decir, el maximo de tiempo extra permitido es de 9 horas semanales. Las horas extra que excedan este limite se pagan al triple.
Art. 67. Pago de horas extraordinarias al doble
Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un cien por ciento mas del salario que corresponda a las horas de la jornada normal. Es decir, cada hora extra se paga al doble de la hora ordinaria.
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