LGCC

Artículo 21. Estatuto Orgánico del INECC

El Estatuto Orgánico del INECC define su estructura administrativa y las funciones de sus unidades, incluyendo la evaluación de políticas de cambio climático.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 1 de abril de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

El Estatuto Orgánico del INECC determinará las unidades administrativas, las bases de la organización, así como las facultades y funciones que correspondan a sus unidades administrativas, debiendo incluir una coordinación general de evaluación de las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático conforme a lo establecido en el capítulo segundo del presente título.

El Estatuto Orgánico será elaborado por la Junta de Gobierno del INECC.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El Estatuto Orgánico es clave para entender la organización interna del INECC y cómo se gestionan las políticas ambientales a nivel operativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LGCC?

El Estatuto Orgánico del INECC define su estructura administrativa y las funciones de sus unidades, incluyendo la evaluación de políticas de cambio climático.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] El Estatuto Orgánico es clave para entender la organización interna del INECC y cómo se gestionan las políticas ambientales a nivel operativo.

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