LGCC

Artículo 24. Secretario Técnico de Evaluación

La Coordinación de Evaluación contará con un secretario técnico que será el titular de la Coordinación de Cambio Climático del INECC, asegurando la implementación de acuerdos.

secretario técnicoevaluacióninecccambio climático

Texto Legal

Para la implementación de sus acuerdos la Coordinación de Evaluación contará con un secretario técnico que será el titular de la Coordinación de Cambio Climático del INECC y que contará con nivel mínimo de director general.

LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La figura del secretario técnico es clave para la implementación de evaluaciones, lo que puede impactar en la rendición de cuentas de las políticas ambientales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LGCC?

La Coordinación de Evaluación contará con un secretario técnico que será el titular de la Coordinación de Cambio Climático del INECC, asegurando la implementación de acuerdos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] La figura del secretario técnico es clave para la implementación de evaluaciones, lo que puede impactar en la rendición de cuentas de las políticas ambientales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 24 del LGCC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 24 LGCC desde tu celular