La federación debe elaborar una Política Nacional de Adaptación en el marco del Sistema Nacional de Cambio Climático, involucrando a entidades federativas y municipios.
La federación deberá de elaborar una Política Nacional de Adaptación en el marco del Sistema Nacional de Cambio Climático. Párrafo reformado DOF 13-07-2018
La federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa Especial de Cambio Climático, la Política Nacional de Adaptación y los programas en los siguientes ámbitos: Párrafo adicionado DOF 13-07-2018
I. Gestión integral del riesgo;
II. Recursos hídricos;
III. Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y acuacultura;
IV. Ecosistemas y biodiversidad, en especial de zonas costeras, marinas, de alta montaña, semiáridas, desérticas, recursos forestales y suelos;
V. Energía, industria y servicios;
VI. Infraestructura de transportes y comunicaciones;
VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano; Fracción reformada DOF 01-06-2016
VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública, y
IX. Los demás que las autoridades estimen prioritarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno es esencial para una respuesta efectiva al cambio climático, lo que puede influir en la asignación de recursos.
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