LGCC

Artículo 57. Funciones del Consejo

El consejo tiene varias funciones, incluyendo asesorar a la Comision y promover la participacion social. Estas funciones son clave para asegurar que las politicas sean efectivas y bien recibidas.

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Texto Legal

El Consejo tendrá las funciones siguientes:

I. Asesorar a la Comisión en los asuntos de su competencia;

II. Recomendar a la Comisión realizar estudios y adoptar políticas, acciones y metas tendientes a enfrentar los efectos adversos del cambio climático;

III. Promover la participación social, informada y responsable, a través de las consultas públicas que determine en coordinación con la Comisión;

IV. Dar seguimiento a las políticas, acciones y metas previstas en la presente Ley, evaluaciones de la Estrategia Nacional, el Programa y los programas estatales, las contribuciones determinadas a nivel nacional; así como formular propuestas a la Comisión, a la Coordinación de Evaluación del INECC y a los miembros del Sistema Nacional de Cambio Climático; Fracción reformada DOF 13-07-2018

V. Integrar grupos de trabajo especializados que coadyuven a las atribuciones de la Comisión y las funciones del Consejo;

VI. Integrar, publicar y presentar a la Comisión, a través de su Presidente, el informe anual de sus actividades, a más tardar en el mes de febrero de cada año, y

VII. Las demás que se establezcan en el Reglamento Interno o las que le otorgue la Comisión.

CAPÍTULO IV INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN

LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las funciones del consejo son esenciales para la implementacion de politicas efectivas. Los profesionales deben estar atentos a las recomendaciones que surjan de este organo para asesorar a sus clientes adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LGCC?

El consejo tiene varias funciones, incluyendo asesorar a la Comision y promover la participacion social. Estas funciones son clave para asegurar que las politicas sean efectivas y bien recibidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] Las funciones del consejo son esenciales para la implementacion de politicas efectivas. Los profesionales deben estar atentos a las recomendaciones que surjan de este organo para asesorar a sus clientes adecuadamente.

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