La Secretaría, con la participación de la Comisión, revisará la Estrategia Nacional cada diez años para mitigación y cada seis para adaptación. Las actualizaciones deberán reflejar las desviaciones entre estimaciones y resultados, sin menoscabo de las metas establecidas.
La Secretaría con la participación de la Comisión deberá revisar la Estrategia Nacional, por lo menos cada diez años en materia de mitigación y cada seis años en materia de adaptación, debiendo explicarse las desviaciones que, en su caso, se adviertan entre las estimaciones proyectadas y los resultados evaluados. Asimismo, se actualizarán los escenarios, proyecciones, objetivos y las metas correspondientes.
Con base a dichas revisiones y a los resultados de las evaluaciones que realice la Coordinación General de Evaluación, con la participación del Consejo, la Estrategia Nacional podrá ser actualizada. El Programa y, los programas de las entidades deberán ajustarse a dicha actualización.
En ningún caso las revisiones y actualizaciones se harán en menoscabo de las metas, proyecciones y objetivos previamente planteados, o promoverán su reducción.
LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que las empresas y entidades estén al tanto de estas revisiones para ajustar sus planes y estrategias en cumplimiento con la ley. La actualización de la Estrategia Nacional puede impactar en la regulación y en las oportunidades de financiamiento.
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