Se establece la obligación de contar con una Cartilla Oficial de Control de Sustancias Prohibidas, que será expedida por la CONADE a deportistas de alto rendimiento. Esta cartilla es un requisito para la participación en competencias.
Se establece la obligación de contar con la Cartilla Oficial de Control de Sustancias Prohibidas y Métodos no Reglamentarios que expedirá la CONADE, a los deportistas que integren el padrón de alto rendimiento y talentos deportivos dentro del RENADE. Los requisitos para el otorgamiento de la cartilla mencionada en el presente artículo, se establecerán en el Reglamento de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los deportistas deben asegurarse de obtener y mantener actualizada su cartilla. Esto es fundamental para evitar sanciones y garantizar su elegibilidad en competiciones.
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