Los organismos deportivos deben incluir en sus estatutos un apartado sobre infracciones y sanciones, así como los procedimientos para imponerlas. Este artículo también establece criterios para clasificar las infracciones.
Para la aplicación de sanciones por faltas a estatutos, reglamentos y ordenamientos de conducta, los organismos deportivos que pertenecen al SINADE habrán de prever lo siguiente:
I. Un apartado dentro de sus estatutos que considere las infracciones y sanciones correspondientes, de acuerdo a su disciplina deportiva, el procedimiento para imponer dichas sanciones y el derecho de audiencia a favor del presunto infractor;
II. Los criterios para considerar las infracciones con el carácter de leves, graves y muy graves, y
III. Los procedimientos para interponer los recursos establecidos en el artículo anterior. LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La claridad en los estatutos sobre infracciones y sanciones es crucial para evitar conflictos legales. Los contadores deben asegurarse de que sus clientes cumplan con esta obligación para evitar sanciones adicionales.
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