LGCFD

Artículo 26. Órgano interno de control

El órgano interno de control de la CONADE está a cargo de un Contralor Interno, quien supervisa el cumplimiento de las normativas aplicables. Su función es clave para la transparencia y la buena gestión.

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Texto Legal

El órgano interno de control de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte estará a cargo de un Contralor Interno, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, quien en el ejercicio de sus facultades se auxiliará por los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La figura del Contralor Interno es esencial para asegurar la transparencia en la gestión de la CONADE. Los asesores deben estar atentos a las auditorías y controles que se implementen para garantizar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LGCFD?

El órgano interno de control de la CONADE está a cargo de un Contralor Interno, quien supervisa el cumplimiento de las normativas aplicables. Su función es clave para la transparencia y la buena gestión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] La figura del Contralor Interno es esencial para asegurar la transparencia en la gestión de la CONADE. Los asesores deben estar atentos a las auditorías y controles que se implementen para garantizar el cumplimiento normativo.

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