LGCFD

Artículo 41. Seguridad en eventos deportivos

Este artículo establece las pautas para la seguridad en eventos deportivos masivos. Es clave para garantizar la integridad de los asistentes y participantes.

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Texto Legal

Las autoridades competentes de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se coordinarán entre sí o con instituciones del sector social y privado para: Párrafo reformado DOF 19-01-2018

I. Establecer en sus respectivos ámbitos de competencia los Sistemas de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México de cultura física y deporte; Fracción reformada DOF 19-01-2018

II. Promover la iniciación y garantizar el acceso a la práctica de las actividades de cultura física- deportiva, recreativo-deportivas, de deporte en la rehabilitación y deporte a la población en general, en todas sus manifestaciones y expresiones;

III. Ejecutar y dar seguimiento al Programa Nacional de Cultura Física y Deporte;

IV. Promover la construcción, adecuación, conservación y aprovechamiento óptimo de la infraestructura para la cultura física y el deporte, en coordinación con las respectivas Asociaciones

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Deportivas Nacionales y de acuerdo a las Normas Oficiales y demás disposiciones que para tal efecto expida la dependencia correspondiente;

V. Formular y ejecutar políticas públicas, que fomenten actividades físicas y deportivas destinadas a las personas con discapacidad;

VI. Dar seguimiento y ejecutar las políticas y planes aprobados por el SINADE; Fracción reformada DOF 09-05-2014

VII. Establecer procedimientos de promoción en materia de cultura física y deporte; Fracción reformada DOF 09-05-2014, 30-03-2022

VIII. Promover los mecanismos y acciones encaminados a prevenir la violencia en eventos deportivos y garantizar el desarrollo pacífico en los recintos donde se celebren eventos deportivos masivos y con fines de espectáculo y en sus inmediaciones, así como la seguridad y patrimonio de las personas, en coordinación con las autoridades de Seguridad Pública, Privada y de Protección Civil correspondientes, y Fracción adicionada DOF 09-05-2014. Reformada DOF 30-03-2022

IX. Promover, formular y ejecutar políticas para garantizar la participación en igualdad de condiciones entre mujeres y hombres que fomenten actividades físicas y deportivas. Fracción adicionada DOF 30-03-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La seguridad en eventos deportivos es crucial para prevenir incidentes. Los contadores deben asesorar sobre la gestión de riesgos y seguros para estos eventos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LGCFD?

Este artículo establece las pautas para la seguridad en eventos deportivos masivos. Es clave para garantizar la integridad de los asistentes y participantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] La seguridad en eventos deportivos es crucial para prevenir incidentes. Los contadores deben asesorar sobre la gestión de riesgos y seguros para estos eventos.

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