LGCFD

Artículo 81. Sesiones del Pleno de la CAAD

El Pleno de la CAAD requiere la mayoría de sus miembros para celebrar sesiones. En caso de ausencia del Presidente, un miembro titular asumirá sus funciones.

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Texto Legal

El Pleno de la CAAD, requerirá para la celebración en sus sesiones de la mayoría de sus miembros integrantes.

En ausencia del Presidente, en cualquiera de las sesiones, asumirá sus funciones, uno de los Miembros Titulares, elegido por mayoría de los presentes.

Cuando la ausencia del Presidente sea definitiva, el titular del Ejecutivo Federal designará de entre los Miembros Titulares, a quien deba sustituirlo para que concluya el periodo respectivo. Ante la ausencia definitiva de cualquiera de los Miembros Titulares, el titular del Ejecutivo Federal, designará a quien deba sustituirlo para que concluya el periodo respectivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La dinámica de las sesiones del Pleno es crucial para la toma de decisiones. Es recomendable que los miembros estén preparados para asumir roles de liderazgo en caso de ausencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 81 del LGCFD?

El Pleno de la CAAD requiere la mayoría de sus miembros para celebrar sesiones. En caso de ausencia del Presidente, un miembro titular asumirá sus funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 81 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] La dinámica de las sesiones del Pleno es crucial para la toma de decisiones. Es recomendable que los miembros estén preparados para asumir roles de liderazgo en caso de ausencias.

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