Los almacenes generales de deposito deben cumplir con requisitos específicos para el manejo de productos alimenticios, incluyendo la presentación de certificados fitosanitarios. También deben informar sobre riesgos zoosanitarios a la Secretaría de Agricultura.
Los almacenes generales de depósito deberán cumplir con los requisitos, características y normas que con base en los programas oficiales de abasto y las disposiciones legales aplicables, se señalen respecto de las instalaciones, equipo y procedimientos utilizados para el acopio, acondicionamiento, industrialización, almacenamiento y transporte de productos alimenticios de consumo generalizado; debiendo requerir al depositante de las mercancías la presentación de los certificados fitosanitarios y zoosanitarios correspondientes, cuando éstos se requieran conforme a las diversas disposiciones de sanidad aplicables. Los almacenes generales de depósito deberán dar aviso oportuno a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sobre la presencia de cualquier factor de riesgo zoosanitario o fitosanitario. Párrafo reformado DOF 10-01-2014
Los almacenes generales de depósito que hayan de recibir mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal quedarán sujetos al control de las autoridades aduaneras de conformidad con la Ley de la materia. Párrafo reformado DOF 15-07-1993
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los almacenes generales de deposito estén al tanto de las normativas sanitarias para evitar sanciones. La correcta gestión de los certificados fitosanitarios es esencial para la operación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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