El articulo 38-P fue adicionado en 1991 y derogado en 2001. Actualmente no tiene validez legal.
(Se deroga). Artículo adicionado DOF 27-12-1991. Derogado DOF 04-06-2001
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este articulo, al igual que otros derogados, refleja la evolucion de la ley. Los profesionales deben revisar los cambios para asegurar el cumplimiento normativo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo