El articulo 43 fue reformado y derogado en 2008, por lo que no es aplicable en la actualidad.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 03-01-1990, 15-07-1993. Derogado DOF 20-08-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogacion de este articulo es parte de un proceso de modernizacion legislativa. Los profesionales deben estar informados sobre las reformas para evitar errores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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