El articulo 45-G fue adicionado el 3 de enero de 1990 y derogado el 18 de julio de 2006. Su derogacion implica que ya no tiene efecto legal.
Se deroga. Artículo adicionado DOF 03-01-1990. Derogado DOF 18-07-2006
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogacion de este articulo puede influir en la interpretación de otros artículos relacionados. Es recomendable revisar el contexto legal completo.
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